Constitución

La Constitución dominicana es la más sublime recopilación de leyes que regulan el desenvolvimiento de la vida diaria del país, a todos los niveles. La primera Constitución data del 6 de noviembre de 1844 y a través de los años ha sufrido diversas reformas.

 

Fuentes de la Constitución de 1844

Las fuentes directas de nuestra primera constitución fueron básicamente:

  • La Constitución norteamericana de 1787, de la cual adoptamos el sistema presidencial.
  • Las constituciones francesas de 1799 y 1814, que determinaron de manera esencial la adopción del sistema bicameral.
  • La Constitución Política de la Monarquía Española, del 18 de marzo de 1812, conocida como la Constitución de Cádiz, que nos inspiró en el régimen municipal y en las diputaciones provinciales.
  • Las constituciones haitianas de 1816 y 1843, de las que fueron tomados 113 artículos, de los 211 contenidos en la constitución de San Cristóbal.

Para la redacción de la primera Constitución del país se formó una comisión integrada por: Vicente Mancebo, Buenaventura Báez, Manuel María Valencia, Julián de Aponte y Andrés Rozón.

 

Características y estructuras de la Constitución dominicana

Conviene resaltar que la constitución reformada del 29 de abril de 1963 introduce en el país el constitucionalismo social y contiene de manera muy destacada una declaración de principios fundamentales, entre los cuales merece ser citada la consagración, en su artículo 4, de la función social de la propiedad privada, cuando señala: “Como norma general, la propiedad debe servir al progreso y bienestar del conglomerado”.

Igualmente, el rango preeminente que se le confirió al trabajo. Así, el artículo 2, ab-initio dispone: “La existencia de la nación dominicana se fundamenta principalmente en el trabajo; éste se declara como base primordial de su organización social, política y económica, y se le erige en obligación ineludible para todos los dominicanos aptos”.

Asimismo, en la constitución de 2010 se incorporan una serie de derechos humanos de tercera y cuarta generación, incluyendo el derecho a nacer y vivir en un medio ambiente sano, libre de contaminaciones, y la protección de la condición humana en la sociedad tecnológica. Esta versión de la Carta Magna contempla además la igualdad de género y permite la participación de la sociedad dominicana en la presentación de proyectos de ley ante el Congreso.

 

Reformas constitucionales

La Constitución dominicana ha sido modificada 39 veces a partir de su proclamación en noviembre de 1844. A continuación se ofrece el listado de las fechas en las que ocurrieron estas reformas [1]:

  1. 27 de febrero 1857
  2. 16 de diciembre 1854
  3. 19 de febrero 1858 (Constituyente)
  4. 14 de noviembre 1865 (Constituyente)
  5. 27 de septiembre 1866
  6. 26 de abril 1868
  7. 14 de septiembre 1872
  8. 14 de marzo 1874 (Constituyente)
  9. 09 de marzo 1875
  10. 31 de marzo 1876
  11. 07 de mayo 1877
  12. 11 de mayo 1878
  13. 11 de febrero 1879
  14. 17 de mayo 1880
  15. 23 de   noviembre 1881
  16. 15 de noviembre 1887
  17. 12 de junio 1896
  18. 14 de junio 1907
  19. 22 de febrero 1908   (Constituyente)
  20. 13 de junio 1924 (Constituyente)
  21. 15 de junio 1927
  22. 09 de enero 1929
  23. 20 de junio 1929
  24. 10 de enero 1932
  25. 09 de junio 1934
  26. 10 de enero 1947
  27. 01 de diciembre 1955
  28. 07 de noviembre 1959
  29. 28 de junio 1960
  30. 02 de diciembre 1960
  31. 29 de diciembre 1961
  32. 16 de septiembre 1962
  33. 29 de abril 1963 (Constituyente)
  34. 09 de agosto 1965
  35. 28 de noviembre 1966
  36. 14 de agosto 1994
  37. 25 de julio 2002
  38. 26 de enero de 2010
  39. 28 de mayo de 2015

Desde su proclamación y a lo largo de la historia, 15 gobernantes dominicanos han cambiado la Constitución. La modificación más repetitiva ha sido relacionada con el establecimiento o no de la reelección presidencial. Otros temas sobre los que ha sido reformada la Carta Magna dominicana incluyen la reafirmación del sistema bicameral; la inclusión del voto directo para las magistraturas políticas y la ampliación de los derechos políticos de la mujer.

Referencias:
http://www.poderjudicial.gob.do/
http://www.listindiario.com/
http://eldia.com.do/

 

Hitos constitucionales

En la historia constitucional dominicana hay algunos aspectos que se han convertido en claves de la estructura de nuestro régimen político, estableciéndose en torno a ellos una especie de consenso, de mayor o menor grado, para su mantenimiento en nuestra Constitución. Entre ellos podemos mencionar:

  • La reafirmación del sistema bicameral.
  • La supresión del refrendo ministerial de los actos del Presidente de la República.
  • La instauración del sufragio directo para las magistraturas políticas.
  • La supresión de la pena de muerte.
  • La extensión de los derechos políticos a la mujer y el establecimiento de la igualdad de género.
  • La consagración de la expropiación de la propiedad privada para fines de utilidad pública e interés social.
  • El principio de la doble nacionalidad.
  • La inamovilidad de los jueces.
  • La independencia administrativa y financiera del Poder Judicial.
  • La inclusión de la segunda vuelta, en la que se establece que los candidatos a la Presidencia deben obtener al menos un 50% y más de los votos para ganar las elecciones.
  • Incorporación de derechos de segunda y tercera generación.
  • Creación del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior Electoral.

Referencias:
http://www.poderjudicial.gob.do/
http://www.listindiario.com/
http://eldia.com.do/

[1] Tomado del artículo del 16 de octubre de 2006, de la Sección Política del Periódico: El Nuevo Diario

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