Centros de atención

El Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana (MSP) implementa diversas acciones tendentes a producir avances significativos en el proceso de reforma y modernización del sector salud, cumpliendo de esta manera con la necesidad de ejecutar los cambios hacia un Sistema de Salud que se constituya en uno de los soportes fundamentales del desarrollo económico y social en la República Dominicana. Para esto se cuenta con el marco jurídico a través de la ley General de Salud No. 42-01, de fecha 8 de marzo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, de fecha 10 de mayo de 2001.

La Ley General de Salud, en el artículo 8 y sus cinco párrafos, así como el artículo 6 del Reglamento de Rectoría y Separación de Funciones Básicas, establece la función de rectoría del Sistema Nacional de Salud por el Ministerio de Salud Pública, que se expresa en la formulación de las políticas sanitarias, en las funciones esenciales de la salud pública, en la capacidad institucional de reglamentación y en el aseguramiento de la calidad de los servicios de salud.

La Ley General de Salud, en su artículo 100, establece que le corresponde al MSP la habilitación de las instituciones o establecimientos de salud, y trazar los lineamientos normativos generales para la acreditación, sobre la base de los cuales se dará cumplimiento a las funciones atribuidas en éste artículo.

El MSP, a través de la Dirección General de Habilitación, adscrita a la Subsecretaria Técnica, ha desarrollado un conjunto de acciones a fin de que el Sistema Nacional de Salud cuente con un Sistema Nacional de Habilitación que garantice estándares mínimos de calidad, técnica y éticamente confiable, efectivo y transparente.

La habilitación de establecimientos de salud se fundamenta en el proceso de evaluación mediante el cual el MSP otorga la licencia de funcionamiento a un establecimiento de salud que ha cumplido con la totalidad de requerimientos establecidos. Para apoyar este proceso se ha elaborado un conjunto de normativas para la habilitación de establecimientos y servicios particulares.

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