Ministerio Cultura somete propuestas proyecto Ley de Mecenazgo Cultural El Ministerio de Cultura sometió una serie de propuestas dirigidas a fortalecer el contenido del proyecto Ley de Mecenazgo, durante una vista pública a la Cámara de Diputados El proyecto de ley cursa en la Cámara de Diputados desde octubre del 2012, cuando fue sometido por el diputado Manuel Jiménez, Presidente de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados y quien presidió la actividad. Por instrucciones del ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, se incluyó estudiar todas las convenciones, leyes y normativas en materia cultural, destacando el aspecto establecido en la Estrategia Nacional de Desarrollo. Las propuestas emanadas de cada una de las instancias funcionales del MINC, conformadas en grupos de análisis y comité de redacción, permitieron consensuar en un solo documento un conjunto de sugerencias que se tomaron en cuenta para enriquecer el proyecto de ley. Además de Jiménez, participaron los diputados Francisco Matos, Radhamés Fortuna, Héctor Julio Cruz Pichardo (presidente en Funciones), Frank Soto, José Díaz y Abil Peralta (Coordinador de la Unidad Técnica de Cultura de la Cámara). En representación del Ministerio de Cultura, estuvieron presentes Alberto Valenzuela, director general de la Dirección Técnica, quien tuvo a su cargo la presentación de las propuestas. Les acompañaron el licenciado Carlos Santos, coordinador de las Dependencias del Viceministerio de Desarrollo Institucional; y Luis O. Brea Franco, coordinador de las dependencias Viceministerio de Patrimonio Cultural. En su intervención, el diputado Manuel Jiménez destacó el interés mostrado por el ministro Rodríguez, para que esa iniciativa prevalezca. Dentro de las propuestas, se otorgará al Consejo Nacional de Cultura las facultades para declarar «De interés Cultural de la Nación» los programas y proyectos presentados, sustituyendo en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, al Consejo Nacional de Mecenazgo, también cita los artículos 1, 5 y 12. En relación capítulo 1, que versa sobre las definiciones del proyecto, plantea que se requiere definir con carácter de obligatoriedad el concepto «De Interés Cultural para la Nación», ya que para la Ley de Mecenazgo constituye un elemento fundamental. En su contenido, el artículo 5 expresa que el Ministerio de Cultura, a través de una subcomisión del Consejo Nacional de Cultura conformada por representantes del sector cultural, será la máxima instancia llamada a categorizar y calificar «De interés Cultural» los programas y proyectos presentados, mediante la elaboración e implementación de un instrumento jurídico, integrado al Reglamento que normará la aplicación de la presente Ley. |
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